IVA y viviendas de obra nueva

obra nueva

Muchas son las razones que influyen sobre la decisión de compra de una vivienda. La ubicación, el tamaño, el precio, si es un piso nuevo o de segunda mano.

Si tu idea es comprar una vivienda de obra nueva, esto es todo lo que necesitas saber acerca del IVA. En este artículo vamos a explicarte todos los detalles sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) cuando se trata de adquirir una vivienda de nueva construcción.

Existen una serie de costes asociados a las viviendas, tanto de segunda mano como de obra nueva. En este caso, nos vamos a centrar en las segundas.

 

Viviendas de obra nueva

Lo primero que debemos tener claro es de lo que hablamos cuando nos referimos a una vivienda de obra nueva.

Cuando adquirimos una vivienda de obra nueva entendemos que nosotros somos los propietarios de la primera entrega de la casa una vez construida o rehabilitada.

Esto se realiza una vez que el arquitecto y el aparejador firman el certificado de fin de obra y compramos la vivienda al promotor.

Existe una excepción en el caso de que el promotor alquile la vivienda durante por lo menos 2 años. Si tras esto, el promotor decide realizar la venta de las viviendas, los propietarios no tendrán la obligación de pagar este tipo de IVA.

En este caso, se debería aplicar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), ya que se considera una segunda transmisión.

Por lo tanto, solo en el caso de que el comprador sea el primer propietario de la vivienda deberá soportar el IVA correspondiente a la obra nueva. El comprador pagará el importe correspondiente al vendedor, que deberá abonar la cantidad a la Hacienda Pública.

 

IVA para nuevas viviendas

El resultado del importe a pagar será un porcentaje añadido al precio de la vivienda que se determina en la escritura pública de compraventa.

Este tipo impositivo, por lo general se establece en un 10% de su importe escriturado. Sin embargo, cuando se trata de una vivienda de protección oficial en régimen especial o de promoción pública, el tipo impositivo es menor, siendo del 4%.

Por ello, si la vivienda de obra nueva costase un total de 210.000€, el IVA a pagar correspondería a 21.000€. Por lo tanto, nuestro comprador ficticio tendría que adquirir la vivienda por un total de 231.000€, ya que sumaríamos el total de la cantidad escriturada más el IVA soportado por la propia vivienda.

Sin embargo, esta cantidad no refleja el resto de gastos añadidos que comentaremos más adelante.

Por otro lado, a las plazas de garaje se les aplicará la misma tasa, siempre y cuando constituyan un máximo de dos plazas. En el caso de los trasteros la cantidad también es la misma.

Sin embargo, en el resto de casos, como los locales comerciales tributan un 21% de IVA.

Otros gastos derivados de la compra de la vivienda

Como ya hemos adelantado, existen otra serie de gastos asociados a la compra de un inmueble.

Gastos de tasación

Es un importe obligatorio que se realiza al tasar la vivienda en el momento previo a conceder una hipoteca. La cantidad dependerá de la entidad tasadora.

Gastos de registro

Son los costes derivados de la inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad. Este coste se fija legalmente y depende del precio de la compraventa.

Gastos de notaría

Gastos derivados de las acciones correspondientes de un notario al dar fe de la compraventa.

Gastos de gestoría

No son obligatorios, pero corresponden a los servicios de un gestor profesional que se encarga de todos los trámites administrativos.

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