Si estás pensando en reformar tu casa, deberás tener en cuenta que es necesario obtener una serie de licencias de obra correspondientes con el tipo de reestructuración que se realicen en la vivienda.
El tipo de licencia dependerá de si la obra que pretendemos poner en marcha es mayor o menor. El trámite para conseguir la aprobación de una licencia de obra dependerá del Ayuntamiento al que se solicite, pero siempre debemos contar con los servicios de un arquitecto o arquitecto técnico que firmen nuestros proyectos y tengan validez legal en caso de ser necesario un proyecto técnico.
Necesitaremos una licencia de obra menor en caso de modificar los siguientes elementos de nuestra vivienda:
- Reparaciones en la vivienda.
- Renovación de suelos, techos, paredes, etc.
- Modificación de los revestimientos, fontanería, electricidad, etc.
- Cambios en la distribución.
- Instalación de cerramientos.
- Eliminación de barreras arquitectónicas.
- Saneamientos, prospecciones o sondeos.
- Instalaciones de aire acondicionado o calefacción.
En cambio, cuando la obra a realizar supone una mayor inversión, necesitaremos una licencia de obra mayor. Este tipo de licencia garantiza la seguridad de los individuos y el cumplimiento de la normativa legal vigente. Debemos obtenerla en caso de los siguientes cambios:
- Creación de nuevas plantas en la vivienda.
- Ampliación de la superficie de la casa.
- Cambio de actividad en el uso del inmueble.
- Modificación en la estructura, elementos comunes altura o volumen.
- Obras de rehabilitación.
Dependiendo del tipo de obra a realizar y el edificio en el que se trabaja, podemos seguir diferentes procedimientos administrativos.
- Las licencias para actuaciones de reducido impacto urbanístico o medioambiental se tramitan a través de la Comunicación Previa. Este tipo de obras son de poca envergadura, no requieren de proyecto técnico y no afectan a la estructura del edificio.
- Por otro lado, el Procedimiento Simplificado se utiliza para obras que no requieren de un proyecto técnico pero requieren de un técnico competente que asegurará la aplicación de la normativa vigente de la obra.
- El Procedimiento Ordinario Abreviado es utilizado para obras que requieren de un proyecto técnico que no afecta a los elementos arquitectónicos, como la renovación de instalaciones, acondicionamiento y exteriores.
- Mientras que el Procedimiento Ordinario Común se requiere para licencia de obras de gran envergadura que precisan de un proyecto técnico.
Además, ahora podemos agilizar este procedimiento gracias a la implantación por parte de algunos ayuntamientos del proceso de presentación telemática de la licencia de obra.